La Segunda República Española fue el régimen democrático que existió en España entre el 14 de abril de 1931, fecha de su proclamación, en sustitución de la monarquía de Alfonso XIII, y el 1 de abril de 1939, fecha del final de la Guerra Civil, que dio paso a la dictadura franquista.
Tras el período del Gobierno Provisional (abril-diciembre de 1931), durante el cual se aprobó la Constitución de 1931 y se iniciaron las primeras reformas, la historia de la Segunda República Española «en paz» (1931-1936) suele dividirse en tres etapas. Un primer bienio (1931-1933) durante el cual la coalición republicano-socialista presidida por Manuel Azaña llevó a cabo diversas reformas que pretendían modernizar el país. Un segundo bienio (1933-1935), llamado por las izquierdas bienio negro, durante el cual gobernó la derecha, con el Partido Republicano Radical de Alejandro Lerroux, apoyado desde el parlamento por la derecha católica de la Confederación Española de Derechas Autónomas (CEDA), que pretendió «rectificar» las reformas izquierdistas del primer bienio. Durante este bienio se produjo el acontecimiento más grave del período: la insurrección anarquista y socialista conocida como Revolución de 1934, que en Asturias se convirtió en una auténtica revolución social y que finalmente fue sofocada por el Gobierno con la intervención del ejército. La tercera etapa viene marcada por el triunfo de la coalición de izquierdas conocida con el nombre de Frente Popular en las elecciones generales de 1936, y que solo pudo gobernar en paz durante cinco meses a causa del golpe de Estado del 17 y 18 de julio promovido por una parte del Ejército que desembocó en la guerra civil española.
A la llegada de la república el 14 de Abril de 1931 los billetes que circulaban en España, a excepción del de 25 pesetas de 1926 (dedicado San Francisco Xavier), estaban grabados con retratos de reyes, incluido el reciente monarca destronado en el de 50 pesetas de 1927.
El 23 de Julio de 1931 el presidente del Gobierno Provisional de la República decreta lo siguiente:
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- El Banco de España procederá a realizar nuevas emisiones de billetes en los cuales figurarán emblemas y alegorías de la república.
- Para revalidar los billetes actuales, que habrán de ser recogidos totalmente cuando se disponga de las nuevas emisiones, el Banco de España estampillará los que posee en sus cajas con destino a la circulación, así como los billetes circulantes, pudiendo ser presentados éstos por sus poseedores o por mediación de las entidades bancarias.
- Las operaciones de estampillado comenzaran el día 10 del próximo mes de Agosto, señalándose el plazo máximo de tres meses para efectuarlas.
- A partir del 10 de Septiembre el Banco de España no entregará billetes que carezcan de estampilla.
- Desde el 20 de Septiembre, en las oficinas públicas no se admitirán para el pago billetes sin estampillar.
- El Banco de España dictará las normas de régimen interior con el público a que ha de sujetarse el estampillado.
- La estampilla se ajustará al modelo presentado por los peritos del Banco y de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, previamente aprobado por el gobierno.
SEGUNDA REPUBLICA
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1 Peseta
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2 Pesetas
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5 Pesetas
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10 Pesetas
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25 Pesetas
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50 Pesetas
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100 Pesetas
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500 Pesetas
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1000 Pts
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5000 Pts
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25 Cent
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40 Cent
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50 cent
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Emisiones del Banco de España en Madrid 1931
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Emisiones del Banco de España en Madrid 1935
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Emisiones del Banco de España en Madrid 1936
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Emisiones del Banco de España en Barcelona 1938
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Emisiones del Banco de España en Bilbao 1936
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Emisiones del Banco de España en Bilbao 1937
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Emisiones del Banco de España en Gijón 1936
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Emisiones del Banco de España en Gijón 1937
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Emisiones del Banco de España en Santander 1936
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Emisiones del Ministerio de Hacienda en Madrid 1937
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Emisiones de la Generalitat 1938
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Emisiones del consejo de Asturias y León 1937
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